En 2025, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) mantiene un estricto control sobre las operaciones entre empresas vinculadas, reforzando la aplicación de la Norma General 04-2022, que actualiza el marco legal de precios de transferencia en República Dominicana.
Esta normativa busca asegurar que las transacciones entre partes relacionadas se realicen a valores de mercado, garantizando una tributación justa y evitando la evasión fiscal. Para las empresas con vínculos internacionales, no cumplir con estas reglas puede generar ajustes, sanciones económicas y auditorías exhaustivas.
Marco legal aplicable: Norma General 04-2022 y Código Tributario
La Norma General 04-2022 de la DGII es la base legal vigente que regula los precios de transferencia en República Dominicana. Se sustenta en los artículos 281 y 282 del Código Tributario y en las Directrices de la OCDE sobre precios de transferencia.
Esta norma establece:
- Los criterios de vinculación económica.
- Las obligaciones de documentación y declaración informativa.
- Los métodos de valoración aceptados para determinar precios de mercado.
- Los procedimientos de revisión y fiscalización por parte de la DGII.*
En otras palabras, la norma asegura que las operaciones entre partes relacionadas se ajusten al principio de “plena competencia”, es decir, que se valoren igual que si se realizaran con terceros independientes.-
Sujetos obligados y criterios de vinculación económica
La DGII considera vinculadas a las personas físicas o jurídicas que mantengan relaciones de control, participación o influencia significativa entre sí.
Se incluyen:
- Empresas matrices y sus filiales locales o extranjeras.
- Entidades con participación accionaria directa o indirecta superior al 25 %.
- Personas que comparten directivos o administración común.
- Empresas bajo contratos exclusivos de suministro o financiamiento.
Están obligadas a cumplir con la normativa DGII de precios de transferencia todas las empresas que:
- Realicen operaciones con partes vinculadas internacionales.
- Realicen transacciones con entidades ubicadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de baja tributación.
- Superen el umbral de ingresos o transacciones establecidos por la DGII (según la última actualización anual).
Declaraciones informativas y documentación exigida
Los contribuyentes obligados deben presentar la Declaración Informativa de Operaciones entre Relacionadas (DIOR) y conservar la documentación comprobatoria que respalde los precios aplicados.
Documentos requeridos:
- Formulario DIOR (versión digital actualizada por la DGII).
- Estudio de precios de transferencia, que incluya análisis funcional, selección del método de valoración y comparables de mercado.
- Contratos, facturas, políticas internas y reportes financieros que sustenten las operaciones.
La fecha límite habitual para presentar la DIOR es el 29 de abril de cada año fiscal, aunque puede variar según el calendario tributario vigente.
Revisión y auditoría por la DGII
La DGII puede auditar las operaciones vinculadas para verificar que los precios se ajusten al valor de mercado.
Durante una auditoría, la administración tributaria revisa:
- Los métodos aplicados por la empresa (CUP, margen neto, costo re-incrementado, entre otros).
- La consistencia del estudio de precios de transferencia con los estados financieros.
- La documentación de respaldo (contratos, facturas, reportes comparativos).
Si la DGII determina que los precios aplicados no cumplen con el principio de plena competencia, puede realizar ajustes fiscales, recalcular el impuesto sobre la renta y aplicar multas adicionales.
Sanciones por incumplimiento o errores
No presentar o presentar incorrectamente la documentación exigida puede generar sanciones significativas:
| Tipo de incumplimiento | Sanción aproximada |
|---|---|
| No presentar la declaración DIOR | Multa de hasta 30 salarios mínimos y cierre temporal de establecimiento. |
| Presentar información inexacta o incompleta | Multa de 5 a 10 salarios mínimos. |
| No conservar la documentación por el plazo requerido | Multa de 10 a 20 salarios mínimos. |
| Ajustes de la DGII por precios no de mercado | Incremento del impuesto, recargos, intereses y sanciones adicionales. |
Importante: La DGII puede solicitar la documentación hasta tres años después del cierre fiscal, por lo que mantener un archivo técnico actualizado es indispensable.
Buenas prácticas para cumplir sin riesgo de sanción
- Elabora anualmente tu estudio de precios de transferencia, incluso si no estás obligado a presentarlo.
- Verifica los vínculos económicos y revisa si cumples los umbrales de la Norma 04-2022.
- Utiliza métodos de valoración aceptados (CUP, margen neto, costo re-incrementado, etc.).
- Presenta la DIOR dentro del plazo establecido por la DGII.
- Documenta todas las operaciones vinculadas con contratos, reportes y análisis funcional.
- Consulta asesoría especializada para evitar errores técnicos o interpretativos.
Cumplir con la normativa DGII de precios de transferencia es una obligación clave para las empresas que realizan operaciones con partes relacionadas en República Dominicana.
La Norma General 04-2022 no solo exige transparencia, sino que también otorga herramientas para garantizar una tributación justa y alineada con los estándares internacionales de la OCDE.
En 2025, la fiscalización será cada vez más rigurosa, por lo que mantener documentación precisa y actualizada es la mejor defensa ante auditorías o ajustes fiscales.
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