¿Qué es la declaración jurada anual del Impuesto sobre la Renta?, ¿Cuándo se debe hacer?, ¿Quiénes deben presentarla?. En este artículo te contamos aspectos importantes a tener en cuenta sobre la ir2-Declaración Jurada anual de Impuesto sobre la Renta de Sociedades en República Dominicana.
Qué es una Declaración Jurada de pago de Impuestos?
Una declaración jurada de impuestos es un documento, que puede ser impreso o digital, en el que los contribuyentes informan sobre sus ingresos o ganancias obtenidas de sus actividades, así como la declaración de los bienes y servicios generados por su actividad económica y su patrimonio al final del año fiscal.
Declaración Jurada Anual de pago de Impuesto sobre la Renta
Esta declaración se emplea para calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de las entidades legales para un período fiscal específico (es la tasa del Impuesto sobre la Renta que deben pagar las personas jurídicas) .
Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Activos
Esta declaración jurada se usa para determinar el impuesto sobre los activos o propiedades que poseen los contribuyentes, incluyendo entidades legales y personas físicas con negocios unipersonales.
Declaración Jurada de pago de Impuesto del ITBIS
Esta declaración jurada se emplea para el cálculo y pago del impuesto sobre la transferencia e importación de bienes industrializados (ITBIS), además de la prestación de servicios, en un período fiscal específico
¿Qué es el Impuesto sobre la Renta?
El Impuesto sobre la Renta es un impuesto que se aplica sobre todo ingreso obtenido por personas físicas o personas jurídicas en un período fiscal determinado.
En el caso de las personas físicas o naturales el período fiscal equivale a un año calendario.
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¿Qué porcentaje es el Impuesto sobre la Renta?
En República Dominicana la tasa del Impuesto sobre la renta que deben pagar las personas jurídicas es del del 27%.
Las personas físicas tienen tres escalas progresivas del 15% , 20% y 25% y deberán pagar sobre la renta neta gravable del ejercicio fiscal. Según la siguiente escala desde el año 2017 hasta la fecha:
Escala anual | Tasa |
Rentas hasta RD$416,220.00 | Exento |
Rentas desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00 | 15% del excedente de RD$416,220.01 |
Rentas desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00 | RD$31,216.00 más el 20% del excedente de RD$624,329.01 |
Rentas desde RD$867,123.01 en adelante | RD$79,776.00 más el 25% del excedente de RD$867,123.01 |
Fuente: Dirección General de Impuestos Internos (DGII)
Declaración jurada de Impuesto sobre la Renta para personas jurídicas (IR-2)
Según la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), una declaración jurada, se define así:
Es la declaración que se utiliza para liquidar el Impuesto sobre la Renta (ISR), de las personas jurídicas en un período determinado.
Siendo así, un documento mediante el cual las personas jurídicas y sociedades, declaran sus ingresos obtenidos de rentas, utilidades o beneficios.
¿Cuál es el formulario para la declaración jurada de ISR personas jurídicas?
Es una declaración jurada, en formato formulario, ya sea impreso o electrónico, donde las personas jurídicas declaran sus ingresos, dando constancia de los bienes y servicios prestados por su actividad económica, al cierre del ejercicio fiscal.
Tasa aplicable: 27% sobre la Renta Neta Imponible.
¿Quiénes deben presentarlo?
Toda persona jurídica y sociedad, independientemente de su actividad económica:
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL).
- Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) y Negoció de Único Dueño.
- Sociedades Anónimas (SA).
- Sociedad Anónima Simplificada.
- Entre otras.
¿Cuándo y dónde se debe presentar?
La Declaración Jurada de Impuesto sobre la Renta debe presentarse por las persona jurídicas y sociedades, dentro de los 120 días siguientes de su fecha de cierre.
Se puede presentar esta declaración, mediante las siguientes vías:
- Por la Oficina Virtual DGII (Dirección General de Impuestos Internos), a través de la página web (en línea).
- Administración local que corresponda (en caso presente inconvenientes para presentar la declaración de forma virtual).
Fechas de presentación
Fecha de cierre | Periodo Fiscal |
31 de diciembre | 3 de mayo |
31 de marzo | 29 de julio |
30 de junio | 28 de octubre |
30 de septiembre | 28 de enero |
Para presentar la Declaración Jurada Anual de pago del Impuesto sobre la Renta, debes ir a la página web de la Dirección General de Impuestos (oficina virtual DGII), siguiendo estos pasos:
- En la sección declaraciones juradas de personas.
- Seleccionando el Impuesto sobre la Renta.
- Personas Jurídicas.
- Solicitud de formulario de Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre la Renta.
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