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Exenciones fiscales en República Dominicana para el 2023

Tabla de contenido

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dispuso la exención del Impuesto sobre la Renta (ISR), para los períodos de mayo a junio de 2023 y la exención del pago del primer anticipo del ISR generado por la declaración jurada del ejercicio fiscal del año 2020.

La exención fiscal es una norma establecida por la ley, que libera a una persona o entidad de pagar un impuesto.

Según la Resolución Núm. DGR -AR1-2021-00006 de República Dominicana, se otorgan facilidades para los contribuyentes debido a la pandemia, para el período comprendido de mayo a agosto del 2023.

Dicha Resolución establece lo siguiente:

Exención del Impuesto sobre la Renta (ISR), para los períodos de mayo a junio de 2023:

  •  Para las personas jurídicas o negocios de único dueño, que sean micro y pequeñas empresas. 
  • Micro y pequeñas empresas cuyos ingresos no superen los RD$ 61.553.187.51 anuales.

Si eres contribuyente y deseas más información y /o asesoría para solicitar dichas exenciones fiscales, en Contadores Dominicanos, podemos brindarte la ayuda que necesitas para que tu empresa o sociedad se encuentre al día en la presentación de impuestos. Escríbenos

Exenciones fiscales

Exención del pago deI primer anticipo del ISR generado por la declaración jurada del ejercicio fiscal del año 2020:

  • Personas físicas y sucesiones indivisas con actividades no comerciales e industriales y que tengan la obligación de presentar la declaración jurada (IR-1).
  • Aplica para personas físicas y sucesiones indivisas, cuyos ingresos no superen los RD $9.82.850.00.

Los contribuyentes que no apliquen para las exenciones mencionadas en este artículo, pero que presenten una reducción  significativa en sus ingresos, durante lo transcurrido del año 2023, respecto al año 2019, podrán solicitar exención total o parcial de los anticipos del ISR, realizando una solicitud al menos 15 días antes del vencimiento.

Para acceder al beneficio, los contribuyentes deberán demostrar la disminución de sus ingresos, ya sea por cierre del negocio o pérdida significativa de clientes. 

Deberán anexar la siguiente documentación:

  1. Cuadro comparativo de ingresos percibidos en los periodos transcurridos del año, versus los mismos periodos del año 2019.
  2. Contrato de suspensión de:
  • Contrato de alquiler.
  • Contratos laborales.
  • Contratos de servicios ( electricidad y comunicación).

Requisitos para la solicitud de exenciones:

Exención del Impuesto sobre la Renta (ISR), para los períodos de mayo a junio de 2023:

Se debe realizar una solicitud vía correo electrónico, completando el formulario correspondiente, que demuestra la disminución de ingresos.

Exención del pago del primer anticipo del ISR:

Se debe completar el formulario correspondiente, indicando los motivos que justifican la solicitud. Se debe remitir vía correo electrónico a la administración local que corresponda.

Exoneración a la Retenciones a Casinos (R-19)  y los Impuestos sobre Máquinas Tragamonedas:

Para los períodos marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto del año 2020, inclusive en virtud de la tercera resolución del acta No. 08-202 de fecha 23/12/2020, emitida por la Comisión de Casinos y que ratifica el cese temporal de operaciones para estos contribuyentes.

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