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CONTADORES DOMINICANOS

Servicio de fusión y disolución de sociedades

Nuestros servicios de Fusión y Disolución de Sociedades se rigen por las disposiciones que se establecen en la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y la Ley No 141-15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes

En Contadores Dominicanos contamos con un equipo de profesionales altamente calificado en derecho corporativo y comercial, que nos permite brindar la asesoría oportuna para ofrecer asesoría en todo los procedimientos relacionados a la fusión y liquidación de sociedades en República Dominicana.

Nuestro Servicio de Fusión y liquidación de Empresas se caracteriza por nuestra asesoría legal, comercial y fiscal para la fusión y la liquidación de cualquiera de las siguientes Sociedades Comerciales:

  1. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
  2. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
  3. Sociedad Anónima (SA)
  4. Sociedad Anónima Simplificada (SAS)
  5. Sociedad en nombre colectivo
  6. Sociedad en comandita simple
  7. Sociedad en comandita por acciones

¿Qué es la fusión de una sociedad?

Esta figura jurídica ha sido concebida por la legislación Dominicana a los fines de que dos o más sociedades unan su patrimonio en una sociedad ya sea esta nueva o existente. La sociedad que se fusiona desaparece por causa de la propia fusión mientras que la fusionante subsiste y absorbe la otra, o en su defecto la que subsiste puede también ser la que se crea con motivo de la fusión.

¿Qué es la liquidación de una sociedad?

Es el acto jurídico a través del cual se suspende la actividad comercial de la empresa, la disolución se produce cuando el contribuyente se desvincula de la Administración Tributaria, tal desvinculación debe ser realizada ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Nuestros servicios incluyen:

  • Fusiones y adquisiciones.
  • Liquidación total de Compañías.
  • Presentación de documentación ante la Dirección
  • General de Impuestos Internos (DGII) y la Cámara de Comercio.
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