Partiendo desde una perspectiva jurídica y según lo establece el artículo 267 del código tributario de la República Dominicana, podemos definir el Impuesto Sobre la Renta (ISR) como el impuesto anual sobre la base de las rentas obtenidas por las personas naturales, jurídicas y sucesiones indivisas.
Este impuesto, gestionado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), es esencial para el financiamiento de los servicios públicos y el desarrollo del país.
En este artículo, exploraremos en detalle qué es Impuesto sobre la Renta, cuándo y dónde se paga, cómo calcularlo para personas físicas y jurídicas, las fechas de declaración, quiénes están obligados a pagarlo y quiénes están exentos, además de revisar la legislación vigente y las indicaciones de la DGII actualizadas al año 2024.
¿Qué es el Impuesto sobre la Renta?
El impuesto sobre la renta (ISR) es un tributo que se aplica a los ingresos obtenidos por personas físicas y jurídicas. En República Dominicana, este impuesto se calcula sobre la renta neta anual, que es el total de ingresos menos las deducciones permitidas por la ley. La finalidad del ISR es contribuir al financiamiento de los gastos públicos y el desarrollo socioeconómico del país
¿Quienes pagan impuesto sobre la renta?
Toda persona natural o jurídica residente en la República Dominicana y las sucesiones indivisas de causantes con domicilio en el país, pagará el impuesto sobre sus rentas de fuente dominicana, y de fuentes fuera de la República Dominicana provenientes de inversiones y ganancias financieras.
En el día de hoy hablaremos sobre cómo funciona el impuesto sobre la renta República Dominicana y su aplicación en las personas jurídicas o sociedades / empresas. Entendiendo entonces por renta todo aquel ingreso que constituya utilidad o beneficio que se origine de una actividad económica determinada.
En Contadores Dominicanos contamos con los profesionales capacitados para asesorarte en materia de precios de transferencia. Escríbenos
¿Cuál es la tasa del impuesto sobre la renta para sociedades en República Dominicana?
Es importante destacar que el porcentaje no es el mismo en todos los países. Pues el este se determina en base a los objetivos del gobierno y en proporción a su meta recaudatoria.
En América Latina por ejemplo el porcentaje va en cierto país desde un 10% mientras que en otro puede llegar a ser de hasta un 35%. En el caso de República Dominicana el impuesto sobre la renta es de un 27% manteniéndonos así muy próximos al promedio de la región. Por su puesto, República Dominicana es un país en pleno desarrollo y por tanto nuestra legislación contempla la exención de este impuesto a ciertos tipos de sociedades en las que el país desea desarrollarse como es el ejemplo en algunos casos de las que exportan bienes o servicios.
¿Sabes cómo afecta el Impuesto sobre la Renta a tu empresa? Evita sorpresas fiscales. Conoce las tasas, deducciones y fechas clave para estar al día con tus obligaciones tributarias.
¿Cómo declarar el impuesto sobre la renta?
Dicho lo anterior, se entiende entonces que este impuesto debe aplicarse posterior al beneficio obtenido por la empresa, y para hacerlo debe efectuarse un informe a la Dirección General de Impuestos internos (DGII) donde se resuma la actividad de la empresa durante el periodo fiscal, a través de una declaración jurada anual en un informe llamado IR-2.
El periodo fiscal está marcado con el cierre del ciclo fiscal, en el cual de acuerdo con la naturaleza de sus actividades los contribuyentes pueden establecer el cierre de su ejercicio fiscal en 4 distintas fechas.
La Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) debe ser presentada a más tardar 120 días después de la fecha de cierre de la empresa tal y como se detalla a continuación:
- Fecha de cierre al 31 de marzo: 29 de julio del 2024.
- Fecha de cierre al 30 de junio: 28 de octubre del 2024.
- Fecha de cierre 30 de septiembre: 28 de enero del 2024.
- Fecha de cierre 31 de diciembre: 29 de abril del 2024.
El impuesto que resulte a pagar debe ser saldado en esa misma fecha.
¿Cómo calcular el impuesto sobre la renta en RD?
El cálculo del impuesto sobre la renta varía entre personas físicas y jurídicas, considerando los ingresos, las deducciones permitidas y las tasas impositivas aplicables.
Cálculo para Personas Físicas
Para las personas físicas, el ISR se calcula de la siguiente manera:
- Determinación de la Renta bruta: Suma de todos los ingresos obtenidos durante el año, incluyendo salarios, honorarios profesionales, alquileres, intereses, entre otros.
- Deducciones permitidas: Aplicación de las deducciones legales, como gastos médicos, intereses hipotecarios, y otros gastos permitidos.
- Renta neta imponible: Renta bruta menos deducciones permitidas.
- Aplicación de la tscala de Tasas: Se aplica la escala progresiva de tasas impositivas establecida por la DGII para determinar el impuesto a pagar.
Cálculo para Personas Jurídicas
El cálculo del ISR para personas jurídicas sigue un proceso similar, con algunas diferencias clave:
- Determinación de la Renta bruta empresarial: Total de ingresos obtenidos por la empresa durante el año fiscal.
- Deducciones empresariales: Incluyen costos operativos, gastos administrativos, depreciaciones, y otros gastos permitidos.
- Renta neta imponible: Ingresos menos deducciones empresariales.
- Aplicación de la tasa corporativa: La tasa impositiva aplicable a las empresas es fija y se aplica sobre la renta neta imponible para determinar el impuesto a pagar.
Anticipos del impuesto sobre la renta
Por otro lado, y con un impacto directo sobre el impuesto sobre la renta, tenemos los anticipos. Un anticipo es un pago a cuenta que se efectúa de manera obligatoria y por adelantado del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el mismo es compensable con el impuesto a pagar que se genera al momento de presentar la declaración jurada de renta. En nuestra legislación los anticipos se encuentran regulados por el artículo 314 del Código Tributario, el cual dispone el siguiente esquema: El anticipo será igual al total del ISR pagado el año anterior, por lo que aplica a partir del primer año en que la empresa haya dejado beneficios.
El monto de los anticipos a pagar se determina de la siguiente manera:
- Personas Jurídicas con Tasa Efectiva de Tributación (TET) mayor a 1.5%: Se obtiene dividiendo en doce (12) cuotas iguales el impuesto liquidado en la Declaración Jurada del ISR anterior, luego de deducido el saldo a favor consignado en la declaración.
- Personas Jurídicas con Tasa Efectiva de Tributación (TET) menor o igual a 1.5%: Se determinan aplicando el 1.5% a los ingresos declarados en el año fiscal anterior, luego de deducir el saldo a favor consignado en la declaración. El monto resultante se divide en doce (12) cuotas iguales.
Haciendo un paréntesis sobre este tema debemos recordar que el mejor indicador para medir la carga tributaria es la Tasa Efectiva de Tributación (TET), que se define como el monto de impuestos pagado por una empresa como porcentaje de sus utilidades brutas, y que mide de forma directa el total de la carga tributaria impuesta por la regulación nacional en proporción a las ganancias que obtienen por sus actividades.
Volviendo a los anticipos del impuesto sobre la renta, las personas jurídicas realizan el pago en 12 cuotas mensuales, pagaderas antes del 15 de cada mes y se generan 45 días después de presentarse la declaración jurada correspondiente.
Para las sociedades de carácter internacional, la carga tributaria de cada país es uno de los factores de más preponderancia a la hora de tomar decisiones sobre dónde establecer sus filiales.
De aquí la importancia de llevar a cabo una planificación fiscal que permita al funcionario de finanzas y al dueño de empresa tomar acciones correctivas a tiempo y evitar un pago excesivo de este impuesto tanto por desconocimiento de las normas fiscales como por falta de organización en los procesos internos que sin darse cuenta tienen un efecto de carácter tributario.
De la mano de este impuesto existe también la Declaración Jurada del Impuesto a los Activos, la cual debe ser presentada en la misma fecha límite que la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta ISR República Dominicana y el impuesto que resulte a pagar debe ser saldado en dos cuotas iguales, venciendo la primera en la misma fecha límite fijada para el pago del ISR y la segunda en un plazo de seis (6) meses contados a partir del vencimiento de la primera cuota.
Es importante que tanto empresas de inversión extranjera como empresas locales lideradas por emprendedores en diferentes industrias conozcan muy bien las implicaciones de los impuestos sobre la renta, pues es determinante para establecer un plan de negocio debidamente adaptado a su industria y que contemple el pago de estas obligaciones.
¿Tienes una empresa en República Dominicana? Asegúrate de cumplir con el Impuesto sobre la Renta. Descubre cómo calcularlo y presenta tu declaración de manera efectiva con nuestra asesoría experta.