Las sociedades que deciden cerrar sus operaciones en República Dominicana deben hacerlo ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Cámara de Comercio.
Una Sociedad Comercial, también denominada Sociedad Mercantil, es aquella asociación de una o más personas, que tiene por objeto la realización de uno o más actos de comercio.
En este artículo te contamos el procedimiento de disolución y liquidación de empresas y sociedades en la República Dominicana.
Aviso de disolución y liquidación de sociedades
En República Dominicana, un aviso de disolución y liquidación de sociedad es un procedimiento legal que se utiliza cuando una empresa decide terminar sus operaciones. Este proceso se rige por el Código de Comercio y otras leyes pertinentes.
¿Qué es la disolución de una sociedad?
La disolución o cese definitivo de sociedades mercantiles es el acto jurídico a través del cual se suspende la actividad comercial de la empresa. La liquidación de una empresa se produce cuando el contribuyente se desvincula de la Administración Tributaria, tal desvinculación debe ser realizada ante Impuestos Internos.
La sociedad entra a su vez en un proceso en el cual se deben finiquitar las operaciones y llegar así a la liquidación definitiva.
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¿Qué es la liquidación de una sociedad?
La liquidación de sociedad es el proceso donde se cancelan todos los pasivos de esta, se reembolsa el remanente (si lo hubiere) a los socios y accionistas y se decreta la liquidación de forma oficial ante la Cámara de Comercio.
Los requisitos para liquidar una sociedad aplican para cualquiera de las siguientes sociedades mercantiles:
- Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
- Sociedad Anónima (SA)
- Sociedad Anónima Simplificada (SAS)
- Sociedad en nombre colectivo
- Sociedad en comandita simple
- Sociedad en comandita por acciones
Pasos para el proceso de disolución y liquidación de una empresa
¿Cómo disolver una sociedad?: los requisitos para liquidar la sociedad (disolución de sociedad Cámara de Comercio), se deben presentar ante la Cámara de Comercio y la Dirección General de Impuestos Internos.
Requisitos a presentar ante la Cámara de Comercio:
- Registro Mercantil original de la sociedad
- Estatutos sociales de la sociedad o empresa
- Acta de asamblea y nómina de accionistas o socios
Documentos de identidad de cada uno de los accionistas y socios. Si existe un socio extranjero que no tenga nacionalidad o cédula dominicana, su documento de identidad será el pasaporte
- Primera y segunda acta de asamblea general, esta segunda acta aprobará el informe del liquidador y del comisario de cuentas
- Copia del informe del comisario
- Informe del liquidador donde se indiquen todos los bienes a liquidar de la sociedad (vehículos, inmuebles, acciones en otras sociedades, etc.)
- Carta de garantía original firmada por el presidente, gerente o liquidador, debe estar notariada con domicilio en República Dominicana
Requisitos a presentar ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII):
- Formulario de Declaración Jurada para el registro y actualización de datos de sociedades (RC-02) llenado, anexado y firmado con los anexos correspondientes
- Copia de toda la documentación presentada ante la Cámara de Comercio
- Declaración jurada de responsabilidad, donde se establezca la responsabilidad de los representantes de la sociedad, que en caso de surgir cualquier situación como pagos o reclamos de la sociedades, se deberán hacer responsables
- Copia de la sentencia con carácter de la cosa irrevocablemente juzgada, donde se declara la quiebra de la empresa. (aplica para disolución por quiebra).
Es importante que las empresas cuenten con asesoría legal experta para disolver y liquidar su sociedad de forma correcta, según la Ley 141- 15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes.
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