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Tipos de declaraciones mensuales 2023:¿cuáles son y qué significan?

Tabla de contenido

¿Sabes cuántos tipos de declaraciones mensuales existen en República Dominicana? La declaración jurada mensual es un documento mediante el cual los contribuyentes pueden declarar sus ingresos.

En República Dominicana existen varios tipos de declaraciones mensuales de carácter impositivo u obligatorio, tanto para personas físicas, como jurídicas, en este artículo te contamos cuáles son y  los principales aspectos a tener en cuenta de este tipo de  declaraciones.

Las personas jurídicas y físicas que reciban ingresos por salarios, inversiones, rentas, beneficios, ganancias financieras, alquiler de bienes inmuebles, entre otros conceptos, deben presentar estas obligaciones ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Definición de Declaración Jurada:

Documento mediante el cual los contribuyentes pueden dar constancia bajo fe de juramento, de las actividades económicas que han realizado, para así determinar las obligaciones tributarias.

Si eres una persona física o jurídica y necesitas ayuda o asesoría para la presentación de estas declaraciones mensuales, en Contadores Dominicanos estamos dispuestos a brindarte la ayuda que necesitas. Escríbenos

Tipos de declaraciones mensuales

¿Qué tipos de declaraciones juradas mensuales existen?

Declaración jurada mensual del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados  IT-1 (ITBIS):

¿Qué es?

Declaración del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados (ITBIS), este tributo grava el consumo final de los productos y servicios dentro de territorio nacional y extranjero. Incrementando así el importe final del producto o servicio.

¿Quiénes deben presentarlo?

Todas las personas jurídicas  deben presentar esta declaración, así como  las personas físicas, cuya actividad económica se encuentre gravada con este impuesto.

¿Cuándo se presenta y paga?

La Declaración Jurada ITBIS se debe presentar y pagar a más tardar el día 20 de cada mes.

¿Cómo presentar la Declaración Jurada ITBIS?

Se puede presentar de forma virtual o presencial, por la página de Dirección General de Impuestos Internos (DGII), se pueden presentar por medio de la oficina virtual y de forma presencial en las administraciones locales con el Formulario IT-1.

Se debe tener en cuenta que esta declaración se debe presentar, aun cuando no exista impuesto a  pagar, en tal caso se presentará una declaración jurada informativa.

Remisión de informaciones:

Para la presentación de la Declaración Jurada ITBIS, según la Norma General N° 07-2018, los contribuyentes deberán presentar a impuestos internos reportes de sus informaciones por medio de los siguientes formatos de envío de datos:

Formato de envío de compras de Bienes y Servicios (606):

Con este formato los contribuyentes deberán emitir informaciones sobre las compras realizadas y emitirlas mensualmente a impuestos internos a más tardar el día 15 de cada mes.

Formato de envío de ventas de Bienes y Servicios (607):

Por medio de este formato los contribuyentes enviarán informaciones sobre las ventas efectuadas a impuestos internos a más tardar el día 15 de cada mes.

Formato de envío de Comprobantes anulados (608):

Con este formato los contribuyentes deberán emitir informaciones sobre los comprobantes anulados y deberán ser emitidos a más tardar el día 15 de cada mes.

A tener en cuenta: los Formatos 606, 607 y 608, en caso de que no se tengan operaciones, deberán enviarse de forma informativa, en cero.

Declaración de Retenciones de Asalariados (IR 3):

¿Qué es?

Es la declaración donde las personas jurídicas registran las retenciones correspondientes de los pagos de los salarios y cualquier otra remuneración en efectivo  a sus asalariados.

Los asalariados son aquellas personas que obtienen ingresos como pago por su trabajo a un empleador.

¿Quiénes deben presentarlo?

Todas las personas jurídicas, entidades públicas y privadas, que tienen la obligación de efectuar la retención correspondiente cuando pagan los salarios de sus trabajadores.

¿Cuándo se presenta y paga?

Las retenciones de asalariados se deben presentar y pagar a más tardar el día 10 del mes siguiente al periodo declarado.

¿Cómo presentar la Declaración de Retenciones de Asalariados?

Se puede presentar de forma virtual o presencial, por la página de Dirección General de Impuestos Internos (DGII), se pueden presentar por medio de la oficina virtual y de forma presencial en las administraciones locales con el Formulario IR 3.

 Retenciones y retribuciones complementarias (IR 17):

¿Qué es?

Es la declaración jurada  que se utiliza para presentar las retenciones del Impuesto sobre la Renta realizadas a terceros y cualquier bien, servicio o beneficio, proporcionado por un empleador a un empleado.

¿Quiénes deben presentarlo?

La deben presentar  y pagar todas las personas jurídicas, entidades públicas,  privadas y las personas físicas (que tienen carácter de empleador).

¿Cuándo se presenta y paga?

Las retenciones y retribuciones complementarias se deben presentar y pagar a más tardar el día 10 de cada mes.

¿Cómo presentar la Declaración de Retenciones de Asalariados?

Se puede presentar de forma virtual o presencial, por la página de Dirección General de Impuestos Internos (DGII), se pueden presentar por medio de la oficina virtual y de forma presencial en las administraciones locales con el Formulario IR 17.

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